27 de marzo de 2012

ANTICIPOS

Fuente: UGT
Podemos solicitar a la empresa anticipos a cuenta, por el trabajo ya realizado. No se puede exceder del 90% del salario mensual devengado. La empresa está obligada a atender la solicitud y pagar este anticipo en un plazo de 4 días como máximo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario