30 de noviembre de 2012

Boletín Nº39 Segurpri

Boletin 39

25 de octubre de 2012

NUEVO PORTAL DE EMPLEO DE VS

Se está trabajando en un nuevo portal de empleo exclusivamente para vigilantes de seguridad habilitados, todas las ofertas que se publiquen serán únicamente para dicha especialidad, en algún caso si se da las circunstancias también se dispondrá de ofertas para vigilantes de explosivos.

Una de las principales novedades de nuestro futuro portal de empleo es que daremos prioridad a los usuarios habilitados del Portal de Vigilantes de Seguridad(www.vigilantedeseguridad.net), 48 horas antes de ser publicadas las ofertas de trabajo en el portal de empleo serán colgadas en la sección habilitada de dicho foro, para que tengan de primera mano la información nuestros usuarios antes que nadie...

Seguiremos informando.

Un saludo
Administrador

10 de octubre de 2012

Solidaridad con los compañeros de ESABE

FUENTE: http://sts-a.com/

Seguimiento RTPA concentración Esabe en Oviedo

Concentración Esabe 10/10/2012

Foto: A las puertas de los juzgados de Oviedo
  • Por problemas técnicos no os podemos colgar el video grabado en la mañana de hoy, en otra ocasión será.
  • Mañana los compañeros se concentrarán a partir de las 12 horas en el Ministerio de la Presidencia situado en el Palacio Calatrava de Oviedo.
  • Parece ser según me ha comentado un compañero de la concentración, en la empresa Sequor que opera también en Asturias están en una situación similar a la suya.

HOY RECOMENDAMOS LEER:


COMUNICADO UGT CONTRA ESABE-SEQUOR

FUENTE:  http://seguridadeuskadi.blogspot.com.es/
               

8 de octubre de 2012

UNT denuncia la cesión por ESABE de personal de seguridad a SEQUOR Seguridad

Fuente: http://sindicatount.blogspot.com.es/

Ante las noticias que nos están llegando de una presunta cesión por parte de ESABE de los contratos mercantiles y de su personal a la empresa SEQUOR SEGURIDAD, este vuestro Sindicato, Unión Nacional de Trabajadores (U.N.T.), ante este asunto tan serio no puede dejar de exponeros su opinión al respecto, así como las primeras medidas que pensamos adoptar.


Unión Nacional de Trabajadores, que se caracteriza por ser un sindicato totalmente libre e independiente, sin ataduras de ninguna clase, no puede consentir ni permitir que a los trabajadores de la seguridad privada de la empresa ESABE ni de ninguna otra se les intente seguir engañando y amordazando para que continúen en la precariedad más absoluta con un cambio de empresa que está siguiendo la misma política de impagos y de denuncias que ESABE. Por lo que esa cesión sólamente supondría alargar todavía más la agonía de los trabajadores de esa empresa, en la que muchos de ellos llevan meses sin cobrar.

Y en vista de las denuncias e impagos que como ESABE arrastra SEQUOR, desde UNT solicitamos a los Organismos Públicos que tienen contratos con la empresa ESABE, que los servicios que tiene esa empresa se les adjudiquen a las empresas que quedaron en segunda posición o vuelvan a salir a concurso público abierto y no sean cedidos a la empresa SEQUOR. A las empresas privadas que están en esa misma situación les haremos llegar nuestra opinión para que actúen de igual manera.

Por lo que nos han comentado trabajadores de la empresa ESABE, a los vigilantes de algún servicio de Organismos Públicos y empresas privadas, ya les habrían comunicado que desde el día 1 de agosto pasaban a ser trabajadores de SEQUOR. Ante esto en UNT consideramos que se podría estar cometiendo una grave irregularidad, ya que los contratos de los Organismos Públicos de seguridad privada no podrían cederse a otra empresa ,lo que podría ser una Cesión Ilegal de Trabajadores, cosa que notificaremos a los clientes de la empresa ESABE, al entender que si una empresa no puede hacerse cargo del servicio y no puede pagar los salarios ni los impuestos, el servicio tendrá que adjudicarse a la que quedó en segundo lugar en el concurso o tendrá que convocarse un nuevo concurso abierto.

Según tenemos entendido, hay algunos clientes de ESABE que aprovechando el escrito que ha presentado la empresa, han decidido rescindir el contrato y llamar a varias empresas solventes para que se hagan cargo del servicio. Otros clientes van a sacar el servicio de seguridad a un concurso nuevo, por lo que si esta postura lógica se generaliza por parte de las empresas privadas y los Organismos Públicos, a  ESABE no le saldría muy bien su jugada.

Ante esta situación la Dirección de ESABE continúa en su postura de no querer dar información ni dialogar de este asunto con los sindicatos para explicar lo que de verdad quieren y pretenden hacer y los motivos de esta cesión de trabajadores, continuando en su postura de secretismo y engaño.

En Seguridad Privada, a nadie se nos escapa a estas alturas la situación trágica que genera ESABE a muchas familias de trabajadores y resulta estúpido pensar que las Administraciones Públicas y empresas privadas, han seguido contratando a ESABE para vigilar sus instalaciones a pesar de las innumerables denuncias y sentencias de esa empresa y que también viene teniendo la empresa SEQUOR, por lo que desde UNT no podemos pensar que son desconocedores de la situación presente y de la que va a generar SEQUOR en el futuro. Por lo que no queremos pensar que esas Administraciones Públicas y empresas privadas que tienen contratos con ESABE y que piensan cederlos a SEQUOR, por los motivos que ellos sabrán, les están diciendo a los trabajadores lo mismo que una diputada el otro día en el Congreso: “Que se jodan”.

Evidentemente, desde UNT no vamos a permitir ni consentir posturas que perjudiquen los intereses de los trabajadores.

7 de octubre de 2012

Hasta siempre a un compañero

Carta de recuerdo a mi compañero Pepe

 Fuente: http://spv-cos-sevilla.blogspot.com.es/2012/10/carta-de-recuerdo-mi-companero-pepe.html?m=1

Nos ha dejado nuestro compañero y amigo Pepe. Se quitó la vida cansado de luchar contra todo. Fue un trabajador que sufrió el acoso de dos años de stress en la miseria. Con los últimos 3 meses sin cobrar se encontraba ya en una situación límite: no tenía ni para comer, ni para gasolina, ni podía pagar el arreglo de su moto.

 Salía desde Dos Hermanas de madrugada en bicicleta para llegar a tiempo a su puesto de trabajo. Le robaron la bicicleta y se tenía que colar en el tren, y cuando lo pillaban pedía ayuda a los pasajeros o se tenía que bajar en el siguiente apeadero. En el trabajo era un buen compañero, siempre dispuesto a hacer cualquier turno, a doblar. Aguantó cualquier enredo y chuflería sobre su persona por no perder el trabajo. Pero tenía su corazoncito y su amor propio.

Todo se lo guardaba para que no le perjudicaran un mal empresario sin escrúpulos y su piara de cerdos, que por conseguir para ellos ciertas ventajas, no dudaban en vender al resto de los trabajadores. Se suicidó y los que abusaron de su necesidad, su bondad y su miedo tienen parte de culpa en su pérdida, y es de justicia que se sepa. Todos pensábamos que tarde o temprano se solucionaría sola la situación, o que saldría algún valiente que nos ayudase. Mientras tanto, la miseria le iba ganando la batalla a Pepe día a día; se comía la hipoteca, el bienestar de su familia, los regalos de navidad de sus dos hijos, el tener que llegar a casa y escuchar a su familia que no tenían para comprar lo básico.

Siempre con el miedo metido en el cuerpo a los cortes, a quedarse en paro y no volver a encontrar trabajo, a depender de la caridad de los demás para tomarse un bocadillo o ir en tren. ¡Sí, se suicidó! Se lo llevó el estrés acumulado, la falta de descanso, el no poderse defender de esta marea de estrechez, donde se mastica la precariedad y lo necesario se convierte en un lujo inalcanzable.

Todo este cumulo de circunstancias negativas pueden destrozar al más fuerte y a Pepe se le agotaron las fuerzas para seguir luchando. ¡Con lo trabajador que era! Se cansó de tener que depender de la buena voluntad de los que le rodeaban. Ya tiene la paz que le faltó los últimos dos años de vida, que le consumieron económica y psíquicamente. Sus amigos de verdad siempre tendrán un hueco en sus corazones por su memoria y le recordarán como un hombre bueno y trabajador.

 Descanse en paz: Un compañero de trabajo.

5 de octubre de 2012

CONCENTRACIÓN VIGILANTES DE ESABE

Fotos tomadas en el día de hoy, un grupo de vigilantes de la empresa Esabe se concentraron esta mañana a la puertas de los juzgados de Oviedo para reclamar las mensualidades que se les debe, como me comentaron alguno de sus integrantes se les debe hasta 5 mensualidades y eso contando que dicha empresa presta servicio en distintos organismos oficiales ,entre ellos los juzgados que aparecen en la foto.

30 de junio de 2012

Algunas empresas se acogen a los descuelgues salariales para captar clientes a bajo precio"

Eduardo Cobas, Secretario general de Aproser, expone que las modificaciones sobre los convenios de la reforma laboral pueden acarrear problemas.

"No nos gusta el cambio en los convenios de la reforma"

Para este año Cobas prevé una disminución del 5% y recuerda que el aumento en el nivel de facturación del sector está muy vinculado al crecimiento económico del país. En esta coyuntura, aplaude la reforma laboral aprobada por el Gobierno, "porque introduce dosis de flexibilidad", pero se muestra disconforme sobre los cambios introducidos en los convenios.


"Defendemos la negociación colectiva como un elemento clave de la profesionalización del sector y, sobre todo, por los servicios que asumimos". 

Para Cobas hubiera sido aconsejable un tratamiento más específico de los servicios empresariales. "Nos preocupa la actitud de determinadas empresas que utilizan los mecanismos de inaplicación del convenio colectivo,los descuelgues salariales, no por una necesidad vinculada a sus cuentas económicas, sino por tratar de encontrar una ventaja competitiva en costes", aclara.
En este punto, indica que en un sector industrial reducir la estructura de costes puede ser la única solución para la supervivencia de una actividad y su competitividad o para competir en un mundo global. "Pero nosotros, no. El 80% es el coste salarial y una empresa que inaplica el convenio lo que hace es captar clientes de otra empresa que sí lo aplica".

A su juicio, esto supone que ganen cuota de mercado quienes tienen una peor situación económica, que pagan menos impuestos de sociedades, cuyos trabajadores contribuyen menos por IRPF y cuyos servicios cotizan menos por IVA.

"La realidad demostrará que es una reforma global muy positiva para la economía española, pero que para nosotros puede acarrear problemas importantes". 

En esta tesitura, Cobas se muestra convencido de que al final será preciso introducir un tratamiento distinto en estos aspectos para los servicios empresariales, "como dispone la normativa en Alemania y en Francia".


Fuente: Cinco dias.com

14 de junio de 2012

La Dirección General de Empleo tumba artículos ilegales del convenio

FUENTE:  Sindicato SIPVS-C

Hoy nos han notificado que la Dirección General de Empleo no ha aceptado el convenio que firmaron este año las patronales, UGT, CCOO y USO y les tumba una serie de artículos como el 14, 38, 45, 55.8, 77, 82, 83.3..., la disposición adicional 5ª y les solicita alegaciones a los dos escritos presentados por SIPVS-C contra ese convenio que pastelearon a mata caballo a primeros de año para quitarles a todos los trabajadores un 2% de la subida salarial firmada en el convenio anterior.

Una vez más vemos como los "negociadores" del convenio actúan fuera de la ley mirarndo sólo por sus propios intereses institucionales sin respetar leyes y derechos de los trabajadores ¿cuál será el nuevo parche que nos regalarán para intentar trampear esta situación?

12 de junio de 2012

9 de junio de 2012

BOLETÍN USECNETWORK Nº33

Para visualizar el documento a tamaño más grande, tan sólo tenéis que clickear en la pestaña download del documento. usecim33

6 de junio de 2012

El TS rebaja la condena a un vigilante que mató a un atracador que asaltó violentamente bar en Alicante

NUESTRO APOYO AL COMPAÑERO VS
La sala segunda del Tribunal Supremo ha rebajado a tres años y medio de prisión la condena impuesta por homicidio a un vigilante de seguridad del polígono de las Atalayas de Alicante por disparar y matar a un atracador que asaltó un bar en junio de 2006, al entender que, según recoge la sentencia, su actuación no puede ser considerada imprudente y que el empleo del arma "fue el más adecuado" dadas las condiciones en las que se produjo el suceso.

ALICANTE, 5 (EUROPA PRESS)

La sala segunda del Tribunal Supremo ha rebajado a tres años y medio de prisión la condena impuesta por homicidio a un vigilante de seguridad del polígono de las Atalayas de Alicante por disparar y matar a un atracador que asaltó un bar en junio de 2006, al entender que, según recoge la sentencia, su actuación no puede ser considerada imprudente y que el empleo del arma "fue el más adecuado" dadas las condiciones en las que se produjo el suceso.

Los hechos se produjeron sobre las cinco de la mañana del 22 de junio de 2006, cuando dos individuos, vecinos de Santa Pola (Alicante) y hermanos, acudieron en un coche robado al bar 'Saray' ubicado en el polígono industrial de las Atalayas, y lo empotraron en la entrada para robar en su interior.

Los dos individuos consiguieron hacerse con un botín y cuando se disponían a huir en el mismo vehículo, fueron sorprendidos por dos vigilantes de seguridad del polígono. Los atracadores presentaron una fuerte resistencia, y en su huida agredieron a los vigilantes con una maza, un destornillador y un extintor, cuyo contenido utilizaron a modo de ráfaga de ataque contra los guardias.

Los vigilantes, que iban armados con sus respectivas pistolas, realizaron varios disparos disuasorios, dos de los cuales alcanzaron en la cabeza y en el tronco a uno de los asaltantes cuando se alejaba en el propio vehículo de los guardias de seguridad, al que causaron la muerte.

Ante estos hechos, la Audiencia Provincial de Alicante condenó al vigilante responsable de los disparos mortales a una pena de seis años de prisión por un delito de homicidio, con eximente incompleta de legítima defensa, y al segundo asaltante a una pena de tres años de prisión por un robo con violencia.

RECURSOS AL SUPREMO

El vigilante condenado y la viuda del fallecido por los disparos presentaron en septiembre de 2011 un recurso de casación ante el TS contra esta sentencia de la Audiencia. El alto tribunal ha estimado parcialmente el recurso del vigilante, al que rebaja en dos grados la pena, que queda en tres años de prisión, y ha declarado de oficio las costas procesales de este recurso.

Al respecto, reconoce que las circunstancias en las que se produjeron los hechos, --de madrugada, en un despoblado polígono industrial, con el empotramiento de un coche robado contra una cristalera, a donde llegan unos asaltantes peligrosos, el enfrentamiento "airado y violento" con los dos vigilantes de seguridad-- junto al hecho de que los guardias obraran en cumplimiento de un deber, obliga a descender la penalidad en dos grados.

Así, el TS entiende la actuación del vigilante como "la justa respuesta punitiva", y lo condena a tres años y medio de prisión. Esta pena, mantiene, "encuentra mejor acomodo en el homicidio mediante 'dolo eventual', dadas las características de la acción y la voluntariedad que reflejan los hechos probados".

De igual modo, estima que la rebaja de dos grados "satisface mejor el principio de proporcionalidad, a la luz del comportamiento agresivo, violento y amenazante, que en todo momento desplegaron los asaltantes, sin que pueda justificarse la acción del ahora recurrente, por las características profesionales que debieron rodear su proceder, y que, en suma, actuó mediante dolo eventual".

RECHAZA EL RECURSO DE LA VÍCTIMA

Por otra parte, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la viuda del fallecido, a la que condena al pago de las costas procesales.

Al respecto, la sala reitera que en los hechos concurre la eximente incompleta de legítima defensa para el vigilante procesado, y rechaza que en este proceso concurriera una infracción de Ley y de precepto constitucional, tal y como alegaba la acusación particular.





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1 de junio de 2012

LA NOTICIA DEL DÍA


Competencia abre expediente sancionador contra Prosegur y Loomis



(EUROPA PRESS) -
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha incoado expediente sancionador contra las empresas de seguridad privada Prosegur y Loomis Spain, por posibles prácticas restrictivas de la competencia, informó el organismo dependiente del Ministerio de Economía.
La CNC entiende que la forma en que han aplicado el mecanismo de subrogación de trabajadores que recoge el convenio colectivo estatal del sector en lo referente al negocio de transporte y manipulado de fondos pudiera ser constitutiva de una infracción de la Ley de Defensa de la Competencia.
En concreto, considera que existen indicios de que han hecho uso de la cláusula 14 del convenio cuando han perdido contratos en favor de su competidor Efectivox, y que “lo han hecho de tal forma que han podido trasladarle una carga laboral desproporcionada, tanto por los costes salariales que los trabajadores a subrogar representaban, como por su falta de adecuación a las necesidades del contrato para el que eran subrogados”.
La investigación tiene origen en el acuerdo adoptado por el Consejo de la CNC el pasado enero en el marco de un expediente sobre el convenio de seguridad.
La incoación de este expediente contra Prosegur y Loomis no prejuzga el resultado final de la investigación, según detalla Competencia, que recuerda que se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución
Fuente: europaress.es

22 de mayo de 2012

APROBADOS CONVOCATORIA 93

Para visualizar el documento a tamaño completo, tan sólo tenéis que clickear en la pestaña download del documento. 55992

14 de mayo de 2012

BOLETÍN Nº32 USECNETWORK

Ya está disponible el nº32 de la revista digital Usecnetwork,para visualizarlo más grande tan sólo tenéis que clickear en la pestaña download del documento. Un saludo usecim32

7 de mayo de 2012

BOLETÍN Nº37 SEGURPRI

Para visualizar el documento en tamaño más grande, tan sólo tenéis que clickear en la pestaña fullscreen del documento. Boletin 37

26 de abril de 2012

CONTESTACIÓN DE LA UCSP A UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL

Contestación de la UCSP a la consulta realizada por una organización sindical en referencia a la imposición de la placa de vigilante de seguridad en catalán por parte  de la Generalidad de Cataluña para los profesionales de seguridad privada que realizan servicio en Cataluña.

Clickear en la imagen para visualizar en tamaño grande el documento.


25 de abril de 2012

Un video no instructivo

Parece que están muy orgullosos desde las filas de UGT con el nuevo convenio que nos han colado...

24 de abril de 2012

Lista convocados convocatoria Nº93

Para visualizar el documento a tamaño completo, tan sólo tenéis que clickear en la pestaña fullscreen del documento. 93

23 de abril de 2012

22 de abril de 2012

19 de abril de 2012

CONSULTA LABORAL: FINALIZACIÓN DE CONTRATO

Fuente: UGT
La empresa, siempre que llevemos más de un año de antigüedad, nos debe avisar 15 días antes de la finalización del contrato. 
La falta de ese preaviso, dará lugar al abono de una indemnización correspondiente a esos 15 días. También nos corresponde indemnización si el preaviso se efectúa en un periodo inferior a 15 días y seria por el número de días que falten.

17 de abril de 2012

Actas convenio 2012-2014

Para ver los documentos en un tamaño más grande, tan sólo tenéis que clickear en la pestaña fullscreen de cada documento. Act a 3 acta final1 Acta Final 14

13 de abril de 2012

BOLETÍN Nº31 USECNETWORK

Ya está disponible el boletín nº31 de la revista digital  Usecnetwork.
Para ver el documento más grande, tan sólo tenéis que clickear en la pestaña fullscreen del documento.
usecim31

Consulta laboral : Excedencia voluntaria

Fuente: UGT

Para tener derecho a esta excedencia es indispensable tener una antigüedad en la empresa de, al menos, 1 año. Se podrá conceder, al trabajador, por un mínimo de 6 meses y un máximo de 5 años. Si la solicitud es inferior a 5 años y queremos prorrogarla, tendremos que presentar un escrito solicitándola, 15 días antes de su vencimiento.


Se concede atendiendo a los motivos particulares del trabajador que la solicita. Entonces al solicitarla, pondremos “por motivos particulares”. Eso sí, tendremos que solicitarla con, por lo menos 15 días naturales de antelación al comienzo de la misma.


Durante el tiempo de excedencia quedarán en suspenso nuestros derechos y obligaciones laborales. También tendremos en cuenta que, el tiempo de excedencia, no es computable a ningún1 efecto, quedando nuestra antigüedad congelada. Con formato: Centrado

Para volver a la empresa, hay que solicitar el reingreso con una antelación minima de un 1 mes a la finalización de la excedencia o de la prorroga. De no ser así, causaremos baja definitiva en la empresa a todos los efectos. Además, la vuelta estará condicionada a que haya vacante en su categoría. De no haber en la categoría en la que estábamos y si en otra inferior, podemos ocupar esta última, con el salario de ella, hasta que haya una vacante de la nuestra.

7 de abril de 2012

Hoy hace cuatro años...

Hoy día 7 de abril de 2012 nuestro foro www.infovigilante.foroespana.com(URL de origen) cumple cuatro añitos en la red.

Gracias a los administradores  brutus01 y sanmarcar por su lealtad,el día que abandonen este barco,lo abandonaré yo.

29 de marzo de 2012

NO , A LOS PIQUETES INFORMATIVOS

¡¡¡¡DERECHO A TRABAJAR!!!!

A nadie se le puede privar de  su derecho de acudir a su puesto de trabajo, más del 90 % de los comercios cierran por miedo a represalias, que no vayan diciendo que será un éxito la huelga general, privando de los derechos del resto de ciudadanos...

27 de marzo de 2012

ANTICIPOS

Fuente: UGT
Podemos solicitar a la empresa anticipos a cuenta, por el trabajo ya realizado. No se puede exceder del 90% del salario mensual devengado. La empresa está obligada a atender la solicitud y pagar este anticipo en un plazo de 4 días como máximo.

23 de marzo de 2012

CONSULTA LABORAL:CESE EN LA EMPRESA

FUENTE: UGT


CESE EN LA EMPRESA

El Vigilante puede ser cesado, en la empresa, por cualquiera de las causas previstas en la Legislación vigente.
La terminación de la relación laboral entre empresa y trabajador y sus causas pueden ser las que a continuación se indican:


POR VOLUNTAD UNILATERAL DEL EMPRESARIO


Fuerza mayor, que imposibilite definitivamente la prestación del trabajo.

Despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o    de producción.

Causas objetivas legalmente fundadas.

 Despido disciplinario.


POR VOLUNTAD UNILATERAL DEL TRABAJADOR

Dimisión del trabajador.
Voluntad del trabajador con causa justificada (incumplimiento contractual del empresario)


POR VOLUNTAD CONCURRENTE DE AMBAS PARTES


Mutuo acuerdo entre las partes.

Causas consignadas validamente en el contrato (la habitual: finalización del mismo).

Expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato.


POR DESAPARICIÓN O INCAPACIDAD DE LAS PARTES


Muerte, gran invalidez o incapacidad permanente, total o absoluta del trabajador.

Jubilación del trabajador.

Muerte, jubilación, incapacidad o extinción de la personalidad jurídica del contratante.

20 de marzo de 2012

EN CALLEJEROS

Seguimos de búsqueda en la hemeroteca de Youtube,en esta ocasión escogemos un video bastante instructivo de la labor que desarrollan los vigilantes de seguridad en las estaciones de tren (Minuto 4:25 más o menos) también en el minuto 2:16 una señora hace mención de la labor de los VS.

19 de marzo de 2012

VIGILANTES DE SEGURIDAD PREMIADOS

Aunque este video ya lleva tiempo en la red, nosotros seguimos con la labor de la dignificación de la figura del vigilante de seguridad.

15 de marzo de 2012

GRAVE INTRUSISMO EN GIJÓN

Intrusismo descarado en el estadio El Molinón del Sporting de Gijón.
Para visualizar más grande la imagen, clickear sobre ella.

13 de marzo de 2012

Boletin n 36 Segurpri

Ya nos ha llegado por correo el boletin de febrero de Segurpri,enviado por la Unidad Central de Seguridad Privada. Boletin 36 Clickeando en la pestaña Fullscreen del documento podéis visualizar el documento a tamaño completo.

CONVOCATORIA 92º- CONVOCADOS A EXÁMEN

List A Clickeando en la pestaña Fullscreen del documento podéis visualizar el documento a tamaño completo.

LA NOTICIA: El Govern plantea que los vigilantes de seguridad asuman tareas policiales


13/03/2012 - 11:28 FUENTE: EUROPA PRESS


El Govern estudia la posibilidad de incorporar vigilantes de seguridad privada a tareas policiales como la vigilancia del perímetro de las prisiones, de las zonas rurales y de apoyo en controles de tráfico y eventos deportivos.

El conseller de Interior, Felip Puig, ha abogado por abrir un debate y un período de reflexión, aunque ha recordado que las funciones complementarias de las empresas de seguridad privada no compensarán la necesidad de más efectivos policiales, unos 2.000 ó 3.000 mossos d'Esquadra más, según ha cifrado.
"Tenemos empresas de seguridad privada vigilando instalaciones de la Policía y del Ministerio de Defensa", ha planteado Puig durante una jornada sobre seguridad privada en el Instituto de Seguridad Pública de Catalunya (ISPC) donde ha defendido que esta incorporación se debe hacer bajo criterios de excelencia, lo que conlleva formación y profesionalidad.

En este sentido, la Conselleria tiene previsto desarrollar un código de buenas prácticas para este sector, para que pueda ser considerado y reconocido como autoridad en su colaboración con la administración pública.

El borrador de este documento se presentará este miércoles en el Consejo de Coordinación de la Seguridad Privada para que pueda ser aprobado.

Su adhesión no será un requisito pero otorgará mayor compromiso por parte de las empresas que los suscriban.

"La seguridad privada no tiene solo un papel subsidiario sino complementario", ha afirmado Puig, quien ha recordado que en otros países europeos estas tareas ya son asumidas por empresas privadas en colaboración con los cuerpos de seguridad públicos.

Asimismo, Puig ha abogado por avanzar en este campo bajo la tutela de la administración, dado que las condiciones económicas requieren mantener el mismo nivel pero con menos recursos.

12 de marzo de 2012

RELACIONES PROFESIONALES EN LA EMPRESA

Recordar que podéis guardar este documento en pdf, clickeando el botón derecho del ratón y seleccionando guardar imagen.ÁreaSocioProfesional-RelacionesProfesionalesenLaEmpresa

CONSULTA LABORAL: PAGA DE BENEFICIOS

FUENTE: UGT

Pago: La cobraremos entre el 13 y el 15 de marzo.

Devengo: Son los días trabajados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior a su percibo. Por este motivo, las cantidades que nos tienen que abonar son las que corresponden al año anterior al del abono. En el caso de que nos finiquiten por fin del contrato, por ejemplo, nos tienen que abonar siempre en el finiquito, la parte proporcional que nos corresponda. Hay que tener en cuenta que nos pueden prorratear la paga.



Es decir, nos la dividen entre los doce meses, pagándonosla así en todas las nominas, desde enero hasta diciembre, previo acuerdo entre empresa y trabajador. Si esto acuerdo existiera, no nos correspondería cobrar ninguna cantidad por paga en el finiquito.

Conceptos: Los conceptos que tienen que firmar son Salario Base, Plus Transporte, Plus de Vestuario, Plus de Peligrosidad y la Antigüedad (Trienios y Quinquenios).

BOLETÍN 30 USECNETWORK

Ya se ha editado el número 30 de la revista digital Usecnetwork,aquí os dejo el enlace para su consulta... Como siempre genial la revista, felicidades a todas las personas que lo hacen posible para que todos los lectores disfrutemos de sus artículos. http://normas.usecnetwork.com/usecim/30/

10 de marzo de 2012

COMO ACTUAR ANTE UNA SANCIÓN LABORAL Y ANTE OTRO TIPO DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS DE LA EMPRESA

FUENTE: UGT

Cuando las empresa nos informa, por escrito, de una sanción y nos pide la firma del recibí de la entrega, la podemos firmar añadiendo “Recibí, no conforme”, independientemente de que se ajuste, o no, a los hechos reales.

Es muy importante poner la fecha del día de la entrega de la sanción y comprobar que la copia que nos entregan es idéntica y contiene el mismo texto que la que se queda la empresa con nuestra firma.

Negarse a firmarla no sirve de mucho, porque la empresa puede optar a entregarla en presencia de dos testigos suyos, y la comunicación de la sanción sería valida a todos los efectos.

Una vez la sanción, por escrito, este en nuestro poder, nos pondremos en contacto, lo antes posible, con nuestros representantes en el Comité de Empresa y con los servicios jurídicos del sindicato. Hay que tener en cuenta que 2 faltas graves, en 6 meses, supone ser despedido sin ninguna indemnización.

Atención al ciudadano: El vigilante de seguridad

En España, el vigilante de seguridad debe obtener una habilitación expedida por el Ministerio del Interior después de superar un proceso selectivo donde se incluyen una serie de pruebas de aptitud psico-física y de conocimientos que son realizados por el Cuerpo Nacional de Policía.

Si el servicio lo requiere, el vigilante puede portar arma de fuego. No obstante, no todos los vigilantes de seguridad están habilitados para ello, para lo cual deben obtener una licencia de armas "Tipo C" que emite la Guardia Civil previo proceso selectivo donde se realizan pruebas teóricas sobre el conocimiento de las armas, legislación y práctica.

Los vigilantes de seguridad están obligados por ley a realizar pruebas de tiro cada 6 meses, si realizan un servicio con armas; en caso contrario, una vez al año. Si no superan una puntuación mínima en puntería se les retira la licencia, al contrario de la policía donde esto no es impedimento para poder seguir portando arma. Asimismo, se encuentran subordinados a las fuerzas y cuerpos de seguridad, con las que tienen la obligación de colaborar y auxiliar siempre en defensa de la seguridad ciudadana y la paz social.

Como cualquier ciudadano español, están facultados a detener a una persona que se encuentra cometiendo un delito de manera flagrante, y ponerlo de inmediato a disposición de las fuerzas y cuerpos de seguridad. A diferencia de cualquier ciudadano, tienen la obligación de detener siempre que se encuentren de servicio.Nunca podrán interrogar al sospechoso o detenido,deben hacerlo las fuerzas y cuerpos de seguridad.
Asimismo, aunque la detención se encuentre permitida por la ley, el hecho de detener a una persona "en espera" de que se persone la autoridad pertinente, puede ser considerado una detención, y por ello ser legal, tal y como se recoge en la Sentencia del Tribunal Constitucional 107/1985 de 7 de octubre, que define al detenido como aquel "...a quien ha sido privado provisionalmente de su libertad por razón de la presunta comisión de un ilícito penal, para su puesta a disposición de la autoridad judicial".

También hay que destacar que tanto el vigilante de seguridad, como cualquier ciudadano que realice una detención, no está obligado a informar de los derechos a la persona detenida, según el ordenamiento jurídico; procedimiento que deben realizar los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado (art. 491 y 520, Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Durante el ejercicio de sus funciones, pueden registrar y realizar cacheos a personas del mismo sexo, nunca por ejemplo un hombre a una mujer y registrar los bolsos y maletas que porten, pero nunca de manera indiscriminada y sólo por razones justificadas ante la sospecha de la perpetración de un delito.

FUENTE: Wikipedia

Extensión a la información publicada: Todo vigilante de seguridad habilitado tiene la obligación de portar la placa homologada por el Ministerio del interior con el anagrama "vigilante de seguridad" en la que aparece su número de habilitación ,quien no porte dicho distintivo y no pueda aportar un escrito con el titulo provisional de la habilitación en trámite ,estaría cometiendo una infracción administrativa sancionable por el Ministerio del Interior del Gobierno de España,

8 de marzo de 2012

GUÍA USO CORRECTO TARJETA AENA

Esta guía es para todo el personal que trabaja en los aeropuertos españoles.

Recordar que podéis guardar este documento en formato pdf en vuestro pc clickeando el botón derecho del ratón y seleccionando guardar imagen,de esta forma os será más comodo su lectura.

Guia_uso_correcto_de_la_acreditaciýn_extracto_Ley_21_03

PLACA PVC DE VS

Para los que no conozcáis todavía la nueva placa fabricada en pvc, aquí os dejo una demostración por cortesía de Insigpol.

Es una placa homologada por el Ministerio del Interior, se puede sustituir por la placa metálica.

6 de marzo de 2012

SEGURIDAD PRIVADA CCOO VIZCAYA

Reunión de los sindicatos profesionales...

FUENTE: ALTERNATIVA SINDICAL

El pasado 1 de Marzo los sindicatos profesionales del sector ALTERNATIVASINDICAL, SIPVSC, SPV, SPS, STS C Y STS A nos reunimos en la sede de nuetra organización para tratar la huelga indefinida que continua en vigor desde el 2009 y que decidimos continuar debido a las agresiones de las empresas y la pasividad de la administración. Además tratamos el reciente conflicto colectivo interpuesto por los sindicatos de clase a cuenta de la subida salarial. En la reunión acordamos la adhesión a la demanda para evitar cualquier estrategia posible que vaya en contra de los intereses de los trabajadores.

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PROTOCOLO ENTRE CNP Y SEGURIDAD PRIVADA

FUENTE: AGASEP.COM

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REPORTAJE SEGURIDAD PRIVADA EN RTPA

Aunque este video ya lleva tiempo en la red , me parece interesante colgarlo para visualización de todos los usuarios.

4 de marzo de 2012

RED AZUL

CONSULTA LABORAL: ¿ME AFECTA A LAS PAGAS EXTRAS CUANDO ESTOY DE BAJA?

FUENTE: UGT

Si, te afecta. Esto es debido a que la Base de cotización es el resultado de la suma de tu salario más el prorrateo de las pagas. Esto quiere decir que, el salario que percibes en las pagas extras se cotiza en los 12 meses. Por lo cual, cuando percibes las siguientes pagas extras que han sido incluidas en tu base de cotización, están descontados los días que estuviste de baja.

LA NOTICIA DEL DÍA: LOS DELINCUENTES MÁS PATOSOS

Los delincuentes más... patosos

Sea por descuidos o por torpezas, algunas detenciones esconden relatos de lo más rocambolescos

http://www.deia.com/2012/03/04/bizkaia/sucesos/los-delincuentes-mas-patosos

28 de febrero de 2012

CONSULTA LABORAL: VACACIONES

FUENTE: UGT

Si llevamos un año en la empresa tenemos derecho a 31 días de vacaciones y, si llevamos menos tiempo, la parte proporcional. La nomina de vacaciones deber tener, como mínimo, los siguientes Conceptos: Salario Base, Plus de Vestuario, Plus de Peligrosidad y la Antigüedad (Trienios y Quinquenios).

Se suele aceptar, comúnmente, que en algunas empresas, se puede decidir que la mitad de nuestras vacaciones las decide la empresa y la otra mitad el trabajador. En realidad esto no es así. Es probable que antiguamente esto se hiciera así, pero, en teoría, legalmente es el trabajador el que elige sus vacaciones y, luego, la empresa las acepta o propone otras, hasta llegar a un consenso entre las dos partes.

En el caso de que exista un calendario de vacaciones pactado con los representantes de los trabajadores, la cosa cambia sustancialmente. La clave está en informarse de cual es el “periodo vacacional” en la empresa que trabajamos. Según el artículo 45.3 del Convenio, se debe fijar el cuadro de vacaciones “… con antelación de dos meses al inicio del periodo anual de vacaciones”.

Cuando preguntemos a la empresa por el “periodo vacacional”, nos responderán normalmente, “desde el 1 de enero al 31 de diciembre”. Esto, lo dicen para que elijamos fechas que a ellos les interese. Sin embargo, caen en la trampa porque, al indicar esas fechas, ellos mismos se obligan a anunciar las vacaciones de los trabajadores, antes del 1 de noviembre.

24 de febrero de 2012